Dentro de la jurisprudencia que ha llegado a mis manos últimamente, me ha llamado la atención una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 7 de Valencia, de 6 de abril de 2006, en un caso en que se había impuesto una sanción administrativa a un profesor de bachillerato expedientado por lo que vulgarmente se llama ser un "hueso", con el consiguiente desánimo de los probrecitos alumnos, hijos de la enseñanza LOGSE que se traumatizaban por tener que estudiar de nuevo la asignatura y/o repetir curso.
Lo realmente incomprensible es cómo ante las quejas de los alumnos "cateados" la Consejería autonómica correspondiente sanciona al profesor por el nivel de exigencia, así como por no haber modificado el mismo a la vista de los desastrosos resultados de los alumnos. En fin, una resolución muy en la linea educativa seguida últimamente, consistente en que si los niños suspenden hay que bajar el nivel y si siguen suspendiendo, pues habrá que regalarles el aprobado, no sea que se traumaticen con el esfuerzo.
Recurrida la sanción por parte del profesor, el Juzgado de lo Contencioso anula la misma, en un gesto de cordura, muy contracorriente de las teorías permisivas en materia educativa. Transcribo el fundamento de derecho sexto de la resolución, que considero extremadamente acertado: "... A nadie sorprende que en la enseñanza, superados los estudios primarios, siempre ha habido profesores duros y blandos, más exigentes o menos exigentes y, desde luego, el nivel de exigencia ha solido correr parejo con el nivel académico obenido al final. Naturalmente un determinado nivel de exigencia y correspondiente nivel académico entraña trabajo, tesón y a veces frustración porque no se consigue lo deseado, pero esta es una mecánica que se mueve entre la tensión normal de la vida en un instituto de Enseñanza Media y en modo alguno se la puede calificar como grave perturbación del servicio.
Entiende esta juzgadora que el expediente disciplinario fue innecesario, desproporcionado e inconsistente, carente de datos objetivos que acreditasen de algún modo las faltas imputadas al recurrente, y no puede llamarse objetivas las declaraciones de los propios alumnos impicados, material fundamental en el que descansa la mayor parte de la instrucción, así como la opinión de profesores que encuentran excesivo el nivel de exigencia del recurrente, como si exigir esfuerzo a los alumnos se constituyese en un minus y no en un prius deseable siemrpe en el ámbito de la enseñanza...".
Poco cabe añadir ante dichos razonamientos, que cada cual juzgue por sí mismo.

2 comentarios:
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Bueno. Hago el comentario ya un poco fuera de tiempo, pero he encontrado este blog de casualidad, soy un compañero de Cádiz buscando regulaciones del turno de oficio que nos trae de cabeza.
Yendo al grano, personalmente me fundiría al profesor hueso. Un profesor que suspende a muchos es un fracasado, bien porque no motiva, bien porque no sabe enseñar. Simplemente hay que mirar si los alumnos cateados lo catean todo o si sólo es con el energúmeno ese.
Recordar que España no se caracteriza por sus buenos ingenieros, ni sus universidades, ni su nivel de inglés, ni su tecnología...que no farden los profesores cateando tanto si al final el nivel es mojonable.
Bajo la libertad de cátedra suele esconderse un abuso tremendo, me encanta que los alumnos se levanten y pongan en la picota legal al memo.
En fin, es futuro es de los jóvenes, no le hagamos tragar lo que tragamos nosotros.
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